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Plataformas & SAT 7 de julio, 2026 10 min de lectura

Plataformas digitales 2026: las nuevas retenciones de ISR e IVA del SAT

En resumen: Las plataformas digitales (Uber, Airbnb, Mercado Libre…) retienen ISR e IVA a quienes obtienen ingresos a través de ellas y emiten un CFDI de retenciones. En 2026 cambian las tasas y se extienden a personas morales; conviene conciliar el CFDI de retención contra lo efectivamente depositado.

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Si generas ingresos por Uber, DiDi, Rappi, Airbnb, Amazon o Mercado Libre, el 2026 llegó con cambios que pegan directo a tu bolsillo. La reforma fiscal modificó las tasas de retención, sumó a las personas morales al esquema y le dio al SAT acceso a la información de las plataformas en tiempo real.

Estos cambios entraron en vigor el 1 de enero de 2026 (publicados el 7 de noviembre de 2025) y se ubican en los artículos 113-A al 113-D de la LISR y 18-J de la LIVA. Aquí te explicamos qué cambió, cuánto te retienen y cómo mantener tus retenciones bajo control.


¿Qué es el régimen de plataformas tecnológicas?

Es el esquema con el que tributan quienes ofrecen bienes o servicios a través de aplicaciones de intermediación. En lugar de que tú calcules y enteres todo, la plataforma actúa como retenedor del SAT: descuenta una parte de tu ISR y de tu IVA en cada operación y los paga directamente a la autoridad.

Aplica a un universo enorme de contribuyentes:


Las nuevas tasas de retención 2026

La retención de ISR depende de tu actividad. Este es el cuadro vigente en 2026:

Retención de ISR por actividad (con RFC)
Transporte de pasajeros .......... 2.1%
Entrega de bienes ................ 4.0%
Hospedaje ........................ 4.0%
Enajenación de bienes / servicios 2.5% ↑

IVA (todas) ...... 8% (50% del IVA) con RFC

El cambio más sonado es el aumento del 1% al 2.5% en la retención de ISR para enajenación de bienes y prestación de servicios generales (vendedores de marketplaces, freelancers). Las tasas de transporte (2.1%), entrega (4%) y hospedaje (4%) se mantuvieron sin cambio.

Ojo con el RFC: si no proporcionas tu RFC a la plataforma, la retención se dispara a 20% de ISR y 100% del IVA. Tener tu RFC registrado y correcto en cada app es, literalmente, la decisión que más dinero te ahorra.


El gran cambio: las personas morales ahora también pagan retención

Hasta finales de 2025, las personas morales recibían el monto íntegro de sus ventas y pagaban ISR e IVA en sus declaraciones. Desde el 1 de enero de 2026, las plataformas también les retienen: 2.5% de ISR (además del IVA en supuestos especiales del artículo 18-J).

La buena noticia: esa retención no se pierde. Es acreditable contra los pagos provisionales de ISR mes a mes y contra la declaración anual. El dinero solo se anticipa; después lo recuperas como crédito fiscal. Lo que sí cambia es tu flujo de efectivo: la plataforma te deposita menos, así que hay que planear la liquidez.


¿Pago definitivo o declaración mensual?

Para personas físicas hay una decisión clave que puede simplificarte la vida (o ahorrarte impuesto):

Dato para anfitriones y vendedores: el umbral de $300,000 suma todos tus ingresos de todas las plataformas, más salarios e intereses. Vigilar ese acumulado durante el año es clave para no pasarte sin darte cuenta.


El SAT ahora ve todo en tiempo real

Otro cambio de fondo: a partir de 2026 las plataformas comparten con el SAT la información operativa de cada transacción (monto, IVA, método de pago, datos del vendedor o anfitrión), reforzado por el artículo 30-B del CFF. Incluso se contempla la facultad de suspender temporalmente el servicio de plataformas que incumplan.

Traducción práctica: el SAT ya tiene tus números. Declarar menos de lo real dejó de ser una opción viable — las discrepancias saltan solas.


El documento clave: tu CFDI de retenciones

Cada plataforma está obligada a emitirte un CFDI de retenciones e información de pagos con el complemento "Servicios Plataformas Tecnológicas", dentro de los primeros días del mes siguiente. Ese XML es el documento con el que acreditas el ISR y el IVA que ya te retuvieron.

Si operas en varias plataformas, terminas el mes con varios de estos XML — uno de Uber, otro de Airbnb, otro de Mercado Libre — y necesitas sumarlos y conciliarlos para saber cuánto te retuvieron en total y cuánto puedes acreditar.


Cómo conciliar tus retenciones desde los XML

Aquí es donde el orden te ahorra dinero y sustos. En lugar de abrir cada CFDI de retención a mano, conviértelos todos a Excel de una sola vez.

Al subir tus XML a cfdiexcel.com, extraes de cada comprobante los datos que necesitas para tu conciliación mensual:

Con ese Excel puedes sumar las retenciones de todas las plataformas, cruzarlas contra lo que declaras, vigilar si te acercas al umbral de $300,000 y tener todo listo para tu contador o tu declaración mensual. Lo que era un rompecabezas de XML sueltos se vuelve una tabla clara.

Para contadores: si llevas clientes con ingresos por plataformas (anfitriones de Airbnb, vendedores de Mercado Libre, repartidores), convertir sus CFDI de retención a Excel te da la conciliación mensual de ISR e IVA en minutos, sin capturar comprobante por comprobante.


Checklist de cumplimiento 2026


Preguntas frecuentes sobre plataformas digitales 2026

¿Cuánto retiene una plataforma de ISR e IVA en 2026?

Transporte de pasajeros 2.1%; entrega y hospedaje 4%; enajenación de bienes y servicios 2.5% (subió del 1%). El IVA se retiene al 8% (50% del IVA) con RFC. Sin RFC: 20% de ISR y 100% de IVA.

¿Qué pasa si no doy mi RFC a la plataforma?

Te retienen 20% de ISR y el 100% del IVA. Registrar bien tu RFC en cada app es la medida que más dinero te ahorra.

¿Las retenciones son mi pago definitivo?

Sí, si tus ingresos por plataformas son menores a $300,000 anuales y optas por ello. Si superas el monto o tienes otros ingresos, son pagos provisionales y debes declarar.

¿Las personas morales también tienen retención?

Sí, desde el 1 de enero de 2026: 2.5% de ISR (más IVA en supuestos especiales). Es acreditable, así que no se pierde.

¿Qué documento me da la plataforma para acreditar?

Un CFDI de retenciones con el complemento "Servicios Plataformas Tecnológicas", que emite dentro de los primeros días del mes siguiente. Ese XML es tu comprobante para acreditar ISR e IVA.

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