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DIOT & IVA 7 de julio, 2026 9 min de lectura

DIOT 2026: qué es, la nueva plataforma del SAT y cómo armarla desde tus XML

En resumen: La DIOT informa al SAT las operaciones con terceros (proveedores) y se arma con el IVA de los CFDI que recibiste. En 2026 se presenta en la nueva plataforma del SAT; convertir tus XML a Excel te permite agrupar el IVA por RFC de proveedor y llenarla en minutos.

Cada mes, miles de contadores y PyMEs en México repiten el mismo ritual: abrir carpetas llenas de facturas XML de proveedores, capturar RFC por RFC, sumar el IVA a mano y armar la DIOT. Un proceso lento, repetitivo y que, si sale mal, cuesta caro.

Y desde agosto de 2025 el juego cambió: la DIOT solo se presenta en una nueva plataforma obligatoria del SAT, con un formato más exigente. En este artículo te explicamos todo lo que aplica en 2026 — qué es, quién está obligado, quién quedó relevado, fechas, multas — y sobre todo, el atajo para dejar de capturar a mano.


¿Qué es la DIOT?

La DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros) es un reporte mensual en el que informas al SAT las operaciones que tuviste con tus proveedores: montos, IVA trasladado, IVA acreditable, IVA no acreditable y, en su caso, IVA retenido.

Su fundamento legal es el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA. Es una declaración puramente informativa: no calculas ni pagas impuesto en ella. El SAT la usa como herramienta de cruce: compara lo que tú reportas contra lo que declaran tus proveedores y contra tus CFDI, para detectar inconsistencias.

En una frase: La DIOT es el "chisme oficial" que le cuentas al SAT sobre con quién le compraste y cuánto IVA hubo de por medio. Si tu versión y la de tu proveedor no coinciden, saltan las alarmas.


DIOT y declaración de IVA: no son lo mismo

Es la confusión más común, así que vale la pena dejarla clara:

Son obligaciones distintas pero conectadas. Si el IVA acreditable que reportas en tu declaración mensual no cuadra con lo que informas en la DIOT, el SAT lo detecta en automático.


Qué cambió en la plataforma (2025) y sigue vigente en 2026

El 30 de julio de 2025, mediante el Comunicado de Prensa 42/2025, el SAT anunció que a partir del 1 de agosto de 2025 la DIOT se presenta exclusivamente en su nueva plataforma digital en línea. El viejo software descargable (los archivos .dec encriptados) desapareció. Para 2026, estos cambios ya son el día a día:


¿Quién está obligado y quién quedó relevado en 2026?

En general, están obligados los contribuyentes con actividades gravadas por IVA que realizan operaciones con proveedores. Pero la RMF 2026 amplió las excepciones. Quedan relevados de presentar la DIOT:

Ojo: estar relevado no significa que tu contabilidad pueda estar desordenada. El SAT sigue cruzando tus CFDI con tus declaraciones de IVA. La DIOT solo es una de las formas en que te vigila.


Qué datos lleva la DIOT (y de dónde salen)

Aquí está el punto clave que casi nadie te dice claro: todos los datos de la DIOT salen de los CFDI que te emitieron tus proveedores. Por cada proveedor, la plataforma te pide:

Datos que necesitas por proveedor
· Tipo de proveedor (nacional / extranjero)
· RFC del proveedor (emisor del CFDI)
· Tipo de operación
· Valor de los actos o actividades
· IVA acreditable
· IVA no acreditable
· IVA retenido (en su caso)

¿Dónde vive cada uno de esos datos? En el XML de cada factura: el RFC emisor, el subtotal, los impuestos trasladados (IVA), las retenciones. Capturar todo eso a mano, factura por factura, es la parte que consume horas cada mes.


Fechas límite de la DIOT en 2026

La Ley del IVA marca el día 17 del mes siguiente al periodo que reportas. Pero la Regla 4.5.1 de la RMF 2026 te da una facilidad: puedes presentarla hasta el último día del mes siguiente.


Multas por no presentar la DIOT

El SAT no juega con esto. Las sanciones se fundamentan en los artículos 81 y 82, fracción XXVI del Código Fiscal de la Federación, y se actualizan por inflación cada año (Anexo 5 de la RMF). En términos generales:

Y más allá del dinero, hay consecuencias que duelen todavía más al negocio:

Nota: los montos exactos se actualizan cada año por inflación. Confirma siempre las cifras vigentes en el Anexo 5 de la RMF del ejercicio. Aquí las presentamos como referencia de magnitud.


Cómo armar la DIOT desde tus XML en minutos

Si la DIOT se construye con el RFC y el IVA de cada factura de proveedor, el atajo es evidente: convierte todos tus XML a Excel de una sola vez y ten la materia prima lista y ordenada.

Al subir tus archivos XML a cfdiexcel.com, el sistema extrae automáticamente, de cada CFDI, exactamente lo que la DIOT necesita:

Con ese Excel en la mano puedes agrupar por RFC de proveedor con una tabla dinámica, sumar el IVA de cada uno y tener el resumen listo para vaciarlo en la plataforma del SAT o para generar tu archivo de carga. Lo que antes eran horas de captura, se vuelve un ejercicio de minutos.

Para despachos: si manejas la contabilidad de varios clientes, la conversión masiva de los XML de cada RFC te ahorra el cuello de botella de fin de mes. Un Excel limpio por cliente, listo para armar cada DIOT sin tocar una sola factura a mano.


Errores comunes al presentar la DIOT

Casi todos estos errores tienen la misma raíz: capturar a mano desde carpetas de XML. Trabajar con los datos ya extraídos y ordenados en Excel reduce drásticamente el margen de equivocación.


Preguntas frecuentes sobre la DIOT 2026

¿La DIOT y la declaración mensual de IVA son lo mismo?

No. En la declaración de IVA calculas y pagas el impuesto. La DIOT es solo informativa: reportas por proveedor las operaciones y el IVA, sin pagar nada. El SAT las cruza para detectar diferencias.

¿Quién quedó relevado de presentar la DIOT en 2026?

Las personas morales RESICO, las personas físicas RESICO y las personas físicas con ingresos menores a 4 millones de pesos que facturen el 100% con CFDI, conforme al artículo 32 fracción VIII de la Ley del IVA y la RMF 2026.

¿Cuándo se vence la DIOT?

La Ley fija el día 17 del mes siguiente, pero la Regla 4.5.1 de la RMF 2026 extiende el plazo hasta el último día del mes siguiente. Por seguridad, muchos la presentan antes del 17.

¿Necesito e.firma para presentar la DIOT?

En muchos casos puedes ingresar con RFC y contraseña, pero es recomendable tener la e.firma vigente, especialmente para cargas masivas y trámites relacionados.

¿Puedo corregir una DIOT enviada con errores?

Sí. Presentas una declaración complementaria en la misma plataforma: seleccionas la DIOT a corregir, ajustas la información y la reenvías. Hazlo antes de que el SAT detecte la inconsistencia para evitar multas.

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